Certificado de eficiencia energética: ¿debe estar registrado para que sea válido?

25 de Abril de 2023 Sonia Cárdenas Fernández

Certificado de eficiencia energética: ¿debe estar registrado para que sea válido?

El certificado de eficiencia energética es uno de los temas que más dudas plantea a las personas que quieren comprar o vender una vivienda. 


El certificado de eficiencia energética es un documento suscrito por el técnico competente que contiene información sobre las características energéticas de un edificio o parte del mismo. Tiene una validez de 10 años y el propietario de la vivienda es el responsable de su renovación o actualización. Según recoge el artículo 5.6 del Real Decreto 235/2013, debe presentarse al órgano competente de la Comunidad Autónoma para el registro de estas certificaciones.

La obtención del certificado de eficiencia energética otorga el derecho de utilización durante el periodo de validez del mismo. Esta etiqueta deberá contener el número de registro asignado por cada Comunidad Autónoma.

El certificado energético, obligatorio para vender o alquilar una vivienda

Desde mediados de 2013, todo propietario que quiera vender o alquilar su vivienda debe disponer del certificado de eficiencia energética. Si se trata de una compraventa, el vendedor deberá entregárselo al nuevo propietario. Si es un arrendamiento, el arrendador deberá mostrar y entregar una copia al nuevo inquilino. Para obtenerlo, el propietario debe contactar con un profesional competente que expida el certificado.

 

No disponer del certificado de eficiencia energética implica una sanción cuya cuantía varía desde los 300 hasta los 6.000 euros. En los casos en los que el beneficio que el infractor haya obtenido fuese superior al importe de la sanción, ésta se impondrá por un importe equivalente al beneficio así obtenido.

Las infracciones pueden ser:

  • Muy Grave: cuando se falsea la información en la expedición o registro del certificado.
  • Grave: se considera sanción grave no presentar el certificado ante la Comunidad Autónoma, exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado real, y vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor o arrendador entregue el certificado en vigor.
  • Infracción leve: publicitar la venta o alquiler de viviendas que deban disponer de certificado sin hacer mención a su calificación, no exhibir la etiqueta de eficiencia o incumplir las obligaciones de renovación o actualización del certificado.

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